Seguridad y defensa:Entre los fines primordiales del Estado se encuentra el garantizar su Seguridad y Defensa. Ya que la Seguridad es la certeza que se tiene de que los intereses nacionales están resguardados y cumpliéndose. Mientras que la Seguridad son aquellos procedimientos que el Estado pone en marcha para lograr cumplir con la seguridad estatal. Es así como en esta unidad se estudiará de forma más detallada estas importantes metas del Estado Venezolano, así como el conjunto de instituciones y leyes que la conforman
organica de seguridad de la nacion:La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación que fue sancionada por la Asamblea Nacional el 18 de diciembre de 2002, fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.594 y derogó a la anterior Ley Orgánica de Seguridad y Defensa. La Ley esta estructurada de la siguiente manera:
Titulo I.- Disposiciones Fundamentales
Titulo II.- De la Seguridad y Defensa Integral de la Nación
Titulo III.- Consejo de Defensa de la Nación
Titulo IV.- De Las Zonas de Seguridad
Titulo V.- De Las Sanciones y Penas
Titulo VI.- Disposiciones Transitorias y Finales
El Titulo Primero que esta referido a las disposiciones fundamentales, son el conjunto de normas jurídicas que establecen el objeto, las definiciones relevantes, el alcance, ámbito de aplicación y corresponsabilidad de la Ley.
El Titulo Segundo de la Ley contiene un conjunto de preceptos jurídicos que establecen los sujetos que se deben proteger, los elementos propios de la Seguridad y de la Defensa Integral, los entes que coadyuvan; la movilización y requisición, entre otros aspectos
El Titulo Tercero se refiere al Consejo de Defensa de la Nación, y esta constituido por una serie de preceptos jurídicos referidos a las disposiciones generales del titulo, los miembros permanentes, y los sujetos que dirigen dicho consejo.
El Titulo IV se refiere a Las Zonas de Seguridad definiendo como tal: Todos los espacios del territorio de la nación, que debido a sus características, ubicación estratégica y elementos que le componen, obligatoriamente están sometidas a un control especial, con el objeto de garantizar el resguardo y la seguridad de las personas, bienes y actividades que allí se realicen.
El Titulo V esta dedicado a las Sanciones y Penas que se aplican a las personas naturales y jurídicas, funcionarios públicos, así como extranjeros que se encuentren en el territorio nacional por el incumplimiento
El Titulo VI se refiere al conjunto de Disposiciones Transitorias y Finales
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domingo, 10 de marzo de 2013
Seguridad y Defenza y tono en su entorno
Seguridad y defensa:Entre los fines primordiales del Estado se encuentra el garantizar su Seguridad y Defensa. Ya que la Seguridad es la certeza que se tiene de que los intereses nacionales están resguardados y cumpliéndose. Mientras que la Seguridad son aquellos procedimientos que el Estado pone en marcha para lograr cumplir con la seguridad estatal. Es así como en esta unidad se estudiará de forma más detallada estas importantes metas del Estado Venezolano, así como el conjunto de instituciones y leyes que la conforman
organica de seguridad de la nacion:La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación que fue sancionada por la Asamblea Nacional el 18 de diciembre de 2002, fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.594 y derogó a la anterior Ley Orgánica de Seguridad y Defensa. La Ley esta estructurada de la siguiente manera:
Titulo I.- Disposiciones Fundamentales
Titulo II.- De la Seguridad y Defensa Integral de la Nación
Titulo III.- Consejo de Defensa de la Nación
Titulo IV.- De Las Zonas de Seguridad
Titulo V.- De Las Sanciones y Penas
Titulo VI.- Disposiciones Transitorias y Finales
El Titulo Primero que esta referido a las disposiciones fundamentales, son el conjunto de normas jurídicas que establecen el objeto, las definiciones relevantes, el alcance, ámbito de aplicación y corresponsabilidad de la Ley.
El Titulo Segundo de la Ley contiene un conjunto de preceptos jurídicos que establecen los sujetos que se deben proteger, los elementos propios de la Seguridad y de la Defensa Integral, los entes que coadyuvan; la movilización y requisición, entre otros aspectos
El Titulo Tercero se refiere al Consejo de Defensa de la Nación, y esta constituido por una serie de preceptos jurídicos referidos a las disposiciones generales del titulo, los miembros permanentes, y los sujetos que dirigen dicho consejo.
El Titulo IV se refiere a Las Zonas de Seguridad definiendo como tal: Todos los espacios del territorio de la nación, que debido a sus características, ubicación estratégica y elementos que le componen, obligatoriamente están sometidas a un control especial, con el objeto de garantizar el resguardo y la seguridad de las personas, bienes y actividades que allí se realicen.
El Titulo V esta dedicado a las Sanciones y Penas que se aplican a las personas naturales y jurídicas, funcionarios públicos, así como extranjeros que se encuentren en el territorio nacional por el incumplimiento
El Titulo VI se refiere al conjunto de Disposiciones Transitorias y Finales
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